Todo apunta a que el 2025 será un buen año para los trabajadores por cuenta ajena, pues ganarán en derechos laborales, al aprobarse un subsidio para mayores de 52 años que tengan que echar el cierre a su negocio.
Hasta ahora, si un autónomo se veía obligado a cerrar su proyecto por causas ajenas al negocio (como, por ejemplo, una crisis económica global) solo podía beneficiarse del subsidio por cese de actividad. Una especie de “paro para autónomos”.
A partir de este 2025, la historia va a cambiar para un porcentaje, bastante elevado, de trabajadores por cuenta propia que tienen más de 52 años.
Si estas personas, que llevan toda una vida invertida en su negocio, tienen que echar el cierre sin poder hacer nada, podrán solicitar un nuevo subsidio para mayores de 52 años.
Una ayuda para hacer algo más sencillo el arduo camino de volver a iniciar un negocio o encontrar otro puesto de trabajo, teniendo en cuenta que son personas con más de 50 años.
Por el momento, se sabe que Trabajo ha llegado a un compromiso con la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) para que, a lo largo de 2025, se desarrolle esta ayuda o prestación.
En palabras de su presidente de UPTA, “España es el país de Europa que mejor protege a nivel social a este” y, por ello, resalta que “tenemos que ser capaces de aumentar esta protección social a los autónomos y de exportarla al resto de Europa”.
Sin olvidar que este tipo de trabajadores sustenta gran parte de la base de nuestra economía, con un total de 3.358.836 millones de autónomos españoles. De los cuales, 1.075.917 millones tienen entre 46 y 55 años, según los datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Otros subsidios para autónomos: Paro y ayudas antes de la jubilación
A esperas de que se llegue a un acuerdo definitivo, de que se apruebe y se cumplan los plazos prometidos, es importante que sepas que existen otras prestaciones a las que un autónomo puede recurrir en momentos difíciles.
Concretamente, te explicamos dos ayudas que te has ganado a lo largo de tu vida laboral, aunque seas un trabajador por cuenta propia. Te contamos más sobre el subsidio por cese de actividad y si un autónomo puede pedir la llamada “ayuda de 480 euros” tras agotar el paro.
Subsidio por cese de actividad: el “paro de los autónomos”
El subsidio por cese de actividad es una prestación dependiente de la Seguridad Social y a la que pueden acceder los autónomos en España, siempre y cuando, tengan que poner fin a su trabajo de nuevo “por circunstancias ajenas a su voluntad”.
Es decir, para trabajadores por cuenta ajena que tienen que cerrar, aunque quieran seguir trabajando, por:
- Enfermedad grave que impide al autónomo desarrollar su actividad normal.
- Accidente laboral incapacitante durante un tiempo.
- Causas económicas. Es decir, el autónomo ve como sus cuentas empeoran mucho por factores externos como, por ejemplo, una caída imprevisible de la demanda o una crisis económica.
- Otras causas justificadas que se entienden como de fuerza mayor o que estén relacionadas con motivos familiares. Dependerán de la valoración y estudio de la Seguridad Social.
Al igual que el nuevo y futuro subsidio para mayores de 52 años, del que hemos hablado en el inicio, el objetivo de estas ayudas económicas es amortiguar el impacto económico que supone dejar de trabajar y garantizar una mínima protección social.
Por eso, este subsidio por cese de actividad suele ser conocido como “el paro de los autónomos” o como una “red de seguridad”. Aunque su nombre oficial es mucho más complejo y largo: “prestación económica mensual por cese de actividad”.
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La diferencia que existe entre el cese de actividad y el subsidio para mayores de 52 años y autónomos es clara: la edad. El que se pretende aprobar en 2025 es una prestación especialmente pensada para los mayores de 52 y sus circunstancias.
Mientras que la ayuda por cese de actividad pueden solicitarla los autónomos sin tener en cuenta su edad.
Eso sí, deben cumplir estos requisitos para cobrar el “paro de los autónomos” durante un máximo de 12 meses, como estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y cumplir con los períodos mínimos de cotización.
El subsidio para mayores de 52 años
Si eres un trabajador asalariado, que depende de una empresa o negocio, seguro que ya te suena este tipo de subsidio, quizás más conocido popularmente como la “ayuda de los 480 euros” del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Aunque realmente, en este 2024 esta prestación es de unos 570 euros.
Hablamos del subsidio para mayores de 52 años que en España pueden pedirlo las personas que se encuentran en una situación de desempleo de larga duración, con esa edad, dificultades para encontrar un nuevo empleo y que, además, ya hayan consumido su paro.
Para poder solicitar la prestación para mayores de 52 años, hay que cumplir los siguientes requisitos:
- Tener 52 años cumplidos.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
- Estar en situación de desempleo pero demostrando disponibilidad para incorporarse inmediatamente a un nuevo trabajo.
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo o el subsidio por desempleo.
- Cumplir con las cotizaciones mínimas.
Una compensación monetaria que busca ayudar a los trabajadores que vivan una situación de especial desamparo por su edad. Es decir, al tener 52 años o más, su búsqueda de un nuevo empleo es mucho más complicada y necesitan seguir trabajando para cotizar adecuadamente sus últimos años, antes de jubilarse.
¿Pueden cobrar los autónomos la ayuda para mayores de 52 años?
Pero volvamos al mundo de los autónomos y, concretamente, de ese colectivo de trabajadores por cuenta propia que tienen entre 46 y 55 años y que son más de un millón de personas en España.
Porque entre ellos se puede dar un caso especial a tener en cuenta: ser autónomo, tener más de 52 años y haber pedido y consumido el subsidio por cese de actividad.
Si es tu caso y te preguntas ¿Ahora qué? Es importante que sepas que como autónomo puedes pedir el subsidio para mayores de 52 años del SEPE.
Un apoyo más para poder además seguir cotizando a la Seguridad Social hasta que llegue la edad de jubilación.