Las redes sociales pueden convertirse en un lugar violento cuando lo arrasan los troles, algo que ocurre cada vez con mayor frecuencia. Pero ¿quién es responsable de los mensajes de odio vertidos en estas plataformas? Además de quien los escribe, claro. Una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos señala directamente a quien publicó el post original.
Quien con un delito de odio infringe la ley es culpable
Es importante destacar, de entrada, que los primeros responsables de los delitos de odio son las personas que los llevan a cabo, así como aquellas que ponen los medios digitales o financian los mensajes de odio, como puedan ser las granjas de troles.
Lo que ocurre en internet es tan real como lo que ocurre fuera de esta red. Cualquier delito que se cometa ahí tendrá repercusiones legales. Denunciar un delito en internet, por ejemplo de odio, sigue los mismos mecanismos que la denuncia de uno offline. En España es posible poner una denuncia tanto en las dependencias de la Guardia Civil como en las comisarías de Policía.
Como en cualquier otra denuncia, los delitos de odio por internet requerirán datos básicos (quién ha hecho qué y cuándo) con la ‘ventaja’ añadida de que los delitos en redes sociales suelen quedar grabados y, en muchas ocasiones, son públicos. Por contra, los cometidos desde otros países pueden resultar difíciles de resolver de forma satisfactoria.
¿Son las plataformas digitales responsables de los delitos de odio? ¿Quién es responsable?
El apartado ‘¿Quiénes son los autores del discurso del odio?’ del documento ‘El discurso de odio en las redes sociales: un estado de la cuestión’, del Ayuntamiento de Barcelona, señala a algunos grupos específicos que incendian las redes sociales con mensajes de odio. ¿Qué papel juegan estas? Algunas, por desgracia, los fomentan. Es el caso de Facebook.
Varias filtraciones de trabajadores han demostrado que esta compañía era consciente de cómo sus plataformas fomentaban el odio y dañaban la salud mental de los más pequeños. En lugar de corregir sus algoritmos, los ‘mejoraban’ para optimizar las ganancias, sacando rédito de la polarización social y del enfrentamiento. Aún no ha habido multas al respecto. ¿El motivo? No son ‘medios’ de comunicación, ‘solo’ son plataformas.
Como destaca Esther Paniagua en ‘Error 404, ¿Preparados para un mundo sin internet?’ (2021), “los medios de comunicación tradicionales tienen obligaciones informativas y deben rendir cuentas por su trabajo”, pero esta rendición de cuentas no aplica a las redes sociales como Google, Facebook o YouTube. “A diferencia de los medios, estas no tienen responsabilidad legal sobre el contenido que se vierte en ellas”.
¿Pagar 4000 euros por dejar que un racista conteste a tu post?
En septiembre de 2021 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos publicó una nota de prensa que tuvo cierta polémica entre letrados. El caso ocurrió como sigue:
- El 24 de octubre de 2021 el entonces alcalde de Beaucaire (Mr.Sanchez), publicó en Facebook un post como parte de su campaña contra F.P., su oponente.
- S.B. vio esa publicación y comentó un mensaje de odio no solo hacia el alcalde, sino también hacia países como Algeria, a comida como el kebab o a lugares de culto como mezquitas.
- L.R. agregó otros tres comentarios racistas.
- El 25 de octubre, L.T., compañero de F.P. y afectado personal, fue a visitar a S.B. a la peluquería que regentaba (ambos se conocían). S.B. borró su publicación inmediatamente. L.R., no.
- El 26 de octubre, L.T. escribió a la Corte Criminal de Nîmes para poner una denuncia contra Mr.Sanchez, S.B. y L.R.. Se había sentido ofendido (con razón) por la publicación del muro de Mr.Sanchez.
- Tras un juicio, esta corte obligó a Mr.Sanchez, S.B. y L.R. a pagar una multa de 4000 euros cada uno a L.T., y Mr.Sanchez además tuvo que pagar 1000 euros a L.T. en concepto de “indemnización por daño moral”.
- Tras una apelación por parte de Mr.Sanchez, la Corte ‘modificó’ la sentencia: Mr.Sanchez pagaría lo mismo, pero los 1000 euros cambiaron de categoría y serían pagados a L.T. en concepto de costes.
Pero ¿por qué la justicia condenó también a Mr.Sanchez, autor de la publicación original, si este no había publicado ningún comentario racista ni delitos de odio? Porque los había favorecido. Pudiendo haberlos borrado, no lo hizo. En su lugar, los mantuvo durante bastante tiempo, a sabiendas.
¿Podemos frenar el discurso de odio?
El discurso de odio se alimenta del odio que siembran unas pocas personas u organizaciones específicas. Si bien es cierto que no todas las plataformas funcionan como Facebook (donde es posible eliminar comentarios bajo ciertas condiciones), otras redes sociales no lo permiten. ¿Qué podemos hacer entonces para frenar el discurso de odio? Aquí algunas claves:
- Guardar pruebas de los delitos de odio. Este paso es imprescindible para interponer una denuncia legal.
- Denunciar, dentro de la propia plataforma, el comportamiento. La mayoría de las redes sociales incluye formas para denunciar abusos.
- Bloquear a los usuarios. Al bloquear, impides que estos usuarios accedan a tus seguidores, ‘cortándoles’ el paso.
- Denunciar, ante la Policía o la Guardia Civil, estas agresiones. Este paso es crítico a largo plazo porque es una herramienta para desincentivar esta conducta.
Si te estás preguntando si te pueden multar por mantener comentarios de odio bajo tus publicaciones: sería excepcionalmente difícil. La resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de momento ha sentado precedente, pero que el caso sea político ha acelerado y visibilizado el proceso. Además, para que se acuse de algo así se ha de demostrar que el ‘administrador’ del artículo original tiene potestad para borrar el contenido de odio y que lo ha visto.
De momento es un caso curioso, pero es probable que para hacer cumplir la normativa existente contra los delitos de odio sí se empiecen a aplicar este tipo de sentencias que recalca la responsabilidad de todos los individuos para mantener el odio fuera del sistema.
Imágenes | Andre Hunter